Resumen: A los efectos de valorar la potestad de practicar liquidaciones de cuotas con carácter retroactivo derivadas de actuaciones que implican modificaciones de encuadramiento, que se corrigen por la TGSS por considerarlos incorrectos se interpreta que en caso de encuadramiento incorrecto sólo cuando la inspección concluya con la apertura de un procedimiento sancionador sería posible la liquidación retroactiva de las cuotas que debieron ingresarse en el régimen correcto, ya que es en este supuesto cuando el encuadramiento incorrecto se debe a una conducta del empresario jurídicamente reprochable